martes, 10 de enero de 2023

10. CONFIRMACIÓN

 

11. Confirmación

 

PREGUNTA: ¿Qué efecto y qué propósito espiritual tiene la confirmación en la iglesia cristiana?

 

RESPUESTA: La Confirmación tendría un efecto espiritual y un propósito espiritual, e indudablemente podría traer grandes bendiciones si tuviera como fundamento un propósito puramente espiritual. Sin embargo, no es así, sino que no concierne en absoluto a la religión ni a la fe misma, como debe ser todo acto que se realiza ante el altar, es decir, ante la mesa del Señor, sino que es sólo un acto de la iglesia como una organización, que por lo tanto viene al mismo grado con otras costumbre de asociaciones.

La prueba de que esto es así y no puede ser de otra manera, está en que el valor mental, la madurez interior, el deseo de Divinidad y el conocimiento espiritual no son determinantes para la admisión a la confirmación de la Iglesia Cristiana; porque la iglesia simplemente rechaza tal examen si no se cumple su "Reglamento Organizativo", que exige incondicional y esquemáticamente que la confirmación solo puede llevarse a cabo si el solicitante se somete a un cierto número de meses de enseñanza de confirmación con un clérigo designado para este fin por una iglesia, es decir, un empleado de la iglesia.

Por lo tanto, no es posible ser confirmado, incluso si el solicitante está listo para realizar cualquier prueba de tipo mental y espiritual, mediante la cual pueda probar su valía y madurez para la confirmación. A través de esta regulación, por lo tanto, las personas maduras y valiosas no son admitidas a la confirmación por la iglesia y son rechazadas si han adquirido su madurez y su valor de otra manera que no sea a través de los designados de la iglesia, aunque esto puede ser muy a menudo mucho más valioso que la enseñanza intelectual de los confirmandos. No hace falta decir que estas disposiciones no deben aplicarse bajo ninguna circunstancia, si se trata de una cuestión de beneficio espiritual y mental de una persona. Algo así directamente inhibiría y obraría en contra de la noble voluntad de Cristo, en la cual la iglesia como tal debe ser activa. Bajo ninguna circunstancia estaría en el espíritu y sentido del gran portador de la salvación, que nunca tuvo la intención de fundar una iglesia o una religión, sino su misión era liberar a las almas.

Por eso, la confirmación es solamente un acto puramente exterior, apenas una admisión en la organización de la iglesia como tal. Esto, sin embargo, no debe confundirse con una mayor aproximación a Dios. Por lo tanto, la confirmación solo puede traer beneficios organizacionales y obligaciones organizacionales a las personas que se confirman, nada más.

Tal vez la misma iglesia también lo mire en ese sentido, porque de lo contrario se permitiría convertirse en culpable y presuntuosa por exclusión, lo que tendría que ser muy grave en la interacción mutua. Aparte del hecho de que equivaldría a una presunción peligrosa, que apenas era mayor entre los fariseos en la época de Cristo. ¡Y eso no se puede esperar de la iglesia! Ya que las iglesias cristianas trabajan solamente en el espíritu de Cristo y según sus enseñanzas, causa una determinación tan estrecha que la confirmación no pertenece a acciones espirituales o a cosas que traen progreso, pero sólo puede ser una formalidad de organización mundana.

De no ser así, la limitación a través de la disposición supondría un error, cuyo alcance aún no es necesario aclarar. Por lo tanto, la confirmación no necesariamente puede contarse para el ascenso espiritual. Lo que el individuo gana internamente a través de esta acción viene a través de su propio punto de vista personal.

Respuestas a las preguntas

 Abdrushin

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